Entre sistemas y subsistemas

Autor Congresistas
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Rodolfo Aceves Jiménez*

Los sistemas y subsistemas son procesos administrativos y operativos que permiten que los programas derivados de las políticas públicas puedan ejercerse con eficiencia.

Estos sistemas y subsistemas están contenidos en acuerdos, reglamentos, manuales de organización así como leyes secundarias y responden a las funciones de Estado de las Secretarías de Estado que las creó.

Los sistemas y subsistemas proceden de las funciones de gobierno, debido a que en su naturaleza se encuentran las atribuciones que las normas les atribuyen.

Por ejemplo, la función de Estado en materia de Hacienda se auxilia de las funciones de gobierno de tributación, presupuestación y fiscalización, principalmente; la función de Estado en materia de Seguridad Pública se apoya en las funciones de gobierno de prevención, investigación, persecución de delitos y sanción de las infracciones administrativas. Así todas las funciones de Estado tienen sus funciones de gobierno.

Cuando un servicio público, como el de seguridad o cualquier otro, no es prestado con la eficacia o eficiencia con la que es diseñado, puede deberse a que existe una asincronía en el diseño del sistema o subsistema con su función de gobierno o Estado de donde procede.

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Muchos de los sistemas o subsistemas que se aplican hoy en día funcionan con los procesos que dejaron las administraciones pasadas y cuando el Congreso reforma la Constitución o las leyes secundarias que originan la función de Estado y las funciones de gobierno, respectivamente, los sistemas o subsistemas permanecen anquilosados con un nuevo diseño legal pero con una estructura sistémica diseñada en administraciones pasadas.

Esto es lo que sucede con la seguridad o más recientemente, con la política de migración, cuyos sistemas o subsistemas se asienta en una legislación, pero sus sistemas o subsistemas permanecen anquilosadas en el pasado, o bien, en la voluntad política con base en una ideología.

La seguridad es también un ejemplo latente, cuando la función de Estado se basa en el texto del artículo 21 constitucional y las funciones de gobierno están sustentadas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, pero los sistemas o subsistemas que se desprenden no giran en torno a un mismo propósito, sobre todo cuando existen intereses políticos distintos entre los tres niveles de gobierno que impide su correcta aplicación.

La profundidad de la transformación depende de las modificaciones a los sistemas y subsistemas en que descansa las funciones de Estado y de gobierno que ejecuta la administración pública y el sistema político mexicano.

Por eso es que en tanto no sean actualizados sistemas y subsistemas junto con la legislación secundaria y reglamentaria, así como despolitizar la seguridad, las intenciones del gobierno de la Cuarta Transformación no son visibles sobre todo en el momento en que choca su diseño institucional y normativo con los intereses políticos.

*Es Maestro en Seguridad Nacional por la Armada de México
Correo electrónico: racevesj@gmail.com
Twitter: @racevesj

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