SENTENCIA
Hoy somos testigos del desgajamiento del Estado democrático y constitucional, modelo que se había venido construyendo a lo largo de la segunda mitad del siglo pasado, con la construcción de organismos e instituciones dotados de autonomía y funciones de contrapeso al poder casi ilimitado del Estado frente a los ciudadanos.
Estamos presenciando como ese leviatán descrito por Hobbes que emerge de los escombros de un Estado aniquilado por el neoliberalismo degenera en el término mandato popular para convertirse en un “zoon politikon” narcisista y todopoderoso.
El último reducto que contenía las cadenas de ese leviatán ha caído, lejos ha quedado aquel lema que dio sentido a toda una generación que buscaba “Igualdad, Legalidad, Fraternidad” y en Palacio Nacional resuenan y toman sentido las palabras de Luis XIV quien sin temor a equivocarse pregonaba: “¡El Estado soy yo!”
Con la designación de Rosario Piedra Ibarra como presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para un segundo periodo de cinco años, se da un golpe contundente en contra de los principios de legalidad al desdeñar el trabajo legislativo hecho por las Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos Humanos y poniendo en entredicho la legitimidad del grupo gobernante en turno.
CONSIDERACIONES
Como víctima directa de esta imprudencia el pueblo, quien creyó librarse con el cambio de color de la imposición de líderes y de la toma de decisiones arbitrarias para siempre, declarándose a sí mismo soberano dueño de su propio mandato popular como mayoría nacional, siendo víctima de su propia imprudencia al imponer una vez más la soberanía de un hombre como vocero de su mandato popular en lugar de la soberanía de la ley, “la soberanía de la voluntad en vez de la soberanía de la razón”.
Legalidad y legitimidad son dos principios que deben regir un buen gobierno, el respeto a estos principios es muestra de una sana relación entre política y derechos. Para Norberto Bobbio estos dos conceptos derivan del poder político con diferente connotación, mientras que la legitimidad es la adquisición del poder de forma válida, justa y lícitamente, la legalidad es desempeñar ese poder que no es ilimitado de acuerdo a lo legalmente permitido por el orden constitucional.
Ante la toma de una decisión unilateral y arbitraria por parte de uno de los poderes que componen al Estado, el interés legítimo se vería afectado por una falta de deber de obediencia, mientras que carecería de legalidad al ser un acto que va más allá de lo conferido expresamente por la ley.
La politización de las instituciones jurídicas como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) primero y ahora la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) es una clara muestra de desprecio a la autonomía y sus procesos, y aquí surge la incógnita ¿De quién fue idea designar a Rosario Piedra Ibarra a la presidencia de la CNDH por un segundo periodo? ¿De dónde vino la orden?
PROCESO
Todo comenzó durante el desfile de los precandidatos ante las Comisiones unidas de Justicia y de Derechos Humanos de la Cámara de Senadores, por donde desfilaron más de 40 precandidatos y que de acuerdo con la convocatoria emitida por el Senado se iban a evaluar y seleccionar sólo a los perfiles que cumplieran con idoneidad los requisitos previstos en dicha convocatoria.
Dentro de esta primera etapa se seleccionaron a sólo quince aspirantes a presidir la CNDH, es aquí en donde nuestra ahora presidenta de la CNDH quedó descartada por no cumplir con los requisitos, además de presentar información apócrifa como cartas de recomendación, entre otros datos.
En la siguiente ronda y de acuerdo con el artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos se seleccionaría a la terna final que competiría por la presidencia de la CNDH y que estaría compuesta por los tres perfiles mejor calificados, esto de acuerdo con la convocatoria que emitiera el propio senado, que de acuerdo con algunas fuentes fueron: Nashieli Ramírez, titular de la CDH CM, Tania Ramírez directora de la Red por los Derechos de la Infancia en México y Paulina Hernández Diz abogada y maestra en Derecho Constitucional por la Universidad de Guadalajara (U de G).
Pero como si se tratara de acuerdos o pactos políticos violentados, no importaron las reglas impuestas con anterioridad fueron ignoradas y desechadas dejando sin efecto las bases octava, novena y décima de su propia convocatoria, el artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el artículo 102 de nuestra carta Magna, para imponer nuevas reglas a modo y candidatos a conveniencia, faltando a lo legalmente establecido y a sus funciones como representantes legítimos de la sociedad.
Lo que creó encono y confusión no sólo en el bloque opositor, sino que dentro del oficialismo también.
Ante tal escenario surge un estudio interesante sobre si los acuerdos políticos se encuentran por encima de la Constitución, ¿Es permisible dentro de un Estado de derecho la prevalencia de acuerdos políticos sobre los procesos previamente establecidos y sancionados por la ley?
RESOLUTIVOS
Es en este punto en donde política y derecho se encuentran para mostrarnos que los derechos humanos son para el oficialismo un botín político, una moneda de cambio, utilizados para pagar la lealtad a sus más fervientes militantes, así lo hace ver el senador del PT Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa directiva del Senado de la República al justificar su voto en favor de Rosario Piedra Ibarra: “Es una compañera probada, comprometida, que ha sufrido el acoso de organizaciones de derecha durisimo”.
El amaño y el amago se hicieron presentes en la Cámara de Senadores en busca del consenso dentro del oficialismo, el golpeteo entre los capataces del partido oficial y el grueso de los miembros del oficialismo se intensificó, las discordias y las amenazas fueron subiendo de intensidad hasta cumplir con la encomienda la reelección de Piedra Ibarra como presidenta de la CNDH, dejando en claro que el servilismo y los acuerdos políticos se encuentran muy por encima de la Constitución.
Así, culmina el proceso de elección del puesto más importante de la CNDH envuelto de polémica y desaseo, con una clara muestra de desprecio por la legalidad y la justicia, lo que nos pone frente a una verdadera tragedia jurídica en materia de Derechos Humanos al poner al servicio del poder tan importante Institución, poniendo en riesgo su prestigio, la validez y legalidad de sus resoluciones, atentando en contra del principio de progresividad de los Derechos Humanos.
Así se escribió una etapa más de los derechos humanos que no deben de ignorar los ciudadanos, en razón de que las instituciones no cesan en su proceso de construcción en favor de la justicia. Por lo que la posibilidad de transformación de la CNDH es una exigencia.