La aceptación de la renuncia como Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea renueva el énfasis en la discusión sobre nuestro sistema de derechos, justicia, sistema político, democrático y republicano.
Hoy, vamos más allá, hasta repensar en el territorio del modelo de justicia y de gobierno que queremos… de derecho y de justicia pronta y expedita… Esa, para el ciudadano de a pie es resultado de la intermediación y la distancia.
En la visibilidad pública y en el interés de prominentes especialistas, se despliegan la ideas de justicia desde sus ángulos penal, civil y electoral pasando por el filo del escapelo de la crítica y la transparencia de la lupa.
La dimisión, por motivos personales del ministro Zaldívar, agitó todo el sistema, presionando el ciclo constitucional de la presentación de las ternas de aspirantes a ministros y ministras, bajo la responsabilidad del Titular del Poder Ejecutivo, que viene inclinando el número a su favor.
En las cuentas se apuntó una ministra. Más supuestamente a favor del presidente, cinco de once ministros y ministras.
La renuncia del ministro Zaldívar no deja claro si presupone la de míticas percepciones y de legendarias estructuras de poder hacia una necesaria democratización de la justicia. Territorios que como hoy, presentan resistencias.
En un horizonte republicano pavimentado de tensiones constitucionales, se van perfilando los trazos de una nueva gobernabilidad democrática en una revolución de derechos que nos reclaman no solo los cambios al Poder Legislativo y al Ejecutivo.
Los motivos que animaron al Ministro, alimentan la controversia en tanto que se integran a la construcción de las ideas que han venido trazando la ruta de cambios, lo mismo que de reforzamientos de otras.
El escenario en el que ocurre la renuncia del Ministro Zaldívar y la presentación de las ternas de propuesta para Ministras a cargo del presidente López Obrador sostienen la tendencia hacia la equidad de gobierno y de la identificación ideológica.
En sus comparecencias de las aspirantes se destacan importantes trazos de un nuevo Poder Judicial que impone que rescatemos para los estudiosos de la justicia.
Sin duda es una aportación de tres brillantes mujeres que se comprometen y esmeran en su participación en la vida pública.
María Alcalde Luján, ante la Comisión de Justicia del Senado de la República, como candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
“Presidenta de la Comisión de Justicia, senadora Olga Sánchez Cordero.
Senadoras, senadores.
Es para mí un verdadero honor y un privilegio estar ante ustedes para comparecer como parte del proceso para elegir a la próxima ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Formar parte de nuestro Tribunal, es una oportunidad inigualable para contribuir en la atención a las demandas históricas del pueblo de México, que exige el respeto a sus derechos, la solución de sus conflictos y derribar las barreras de acceso a la justicia, especialmente a las personas históricamente marginadas.
Esta, es la visión de justicia que me anima no sólo a participar en el presente proceso; sino también la que ha movido mi desempeño profesional desde que entré a la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.
En mi trayectoria profesional, opté por enfocarme inicialmente a la justicia penal. Parafraseando a Alberto Binder, me aventuré a tratar de contribuir en la desarticulación de esa máquina trituradora de carne pobre, que es la justicia penal.
Como litigante, me esforcé en enfrentar esas injusticias. Como capacitadora de juzgadores, en transmitirles el compromiso con una visión más sensible a la realidad y como evaluadora de dicho sistema, en destacar sus límites como una instancia que puede ayudar a reducir nuestras enormes desigualdades.
El Poder Judicial Federal es enorme, tiene más de mil unidades jurisdiccionales y los poderes judiciales en las entidades federativas, más de 3 500.
A pesar de ello, una gran parte de las y los mexicanos no tienen condiciones para acceder a la tutela jurisdiccional; ¿es posible incidir desde la Suprema Corte para atender esta realidad? Estoy convencida de que sí.
La Suprema Corte tiene un poder transformador, que influye no sólo en las demás instancias jurisdiccionales del país, sino también y, sobre todo, en toda la población. De esta forma tiene un claro potencial para contribuir a contar con una sociedad más inclusiva.
Asimismo, sus decisiones son fundamentales para garantizar el respeto a la constitucionalidad de las leyes y definir los límites del federalismo. Es la máxima instancia para resolver conflictos y en esa función tiene la alta responsabilidad de ayudar a generar paz y estabilidad.
Sigo con atención su trabajo y estoy consciente de los importantes avances para asegurar la protección de la Constitución y los derechos humanos en nuestro país.
La necesidad de garantizar una justicia más imparcial, protectora y cercana a la gente; también ha sido preocupación constante del Poder Legislativo. Destaca la reforma constitucional de 2008, que le puso voz y rostro a víctimas e imputados; la reforma de derechos humanos de 2011, que colocó los derechos de las personas en el centro de nuestro pacto constitucional.
Recientemente, la reforma laboral, que respondió a los reclamos históricos de las y los trabajadores del país, en aras de contar con una justicia imparcial sin menoscabo de su carácter protector y, por último, la reforma procesal civil y familiar, que consolida la oralidad e inmediación de la persona juzgadora con las partes.
Si bien este conjunto de cambios ha sido muy importante y fueron en la dirección correcta, no debemos dejar de preguntarnos; ¿qué está provocando que la ciudanía se sienta tan alejada del sistema judicial?
¿A qué debemos aspirar? ¿Cuál es el sistema de justicia que se debe impulsar desde la propia Suprema Corte?
Aquí, algunas ideas:
Primero, un sistema de justicia más equitativo. La consecuencia más grave de la falta de acceso a la justicia, la han padecido los que menos tienen; esto es reflejo de las profundas desigualdades sociales, que siguen siendo latentes en nuestra sociedad y se ven reflejadas en la arquitectura y funcionamiento de nuestro sistema de justicia.
La Suprema Corte debe velar para que los derechos sean efectivos y la gente encuentre en los tribunales la solución a sus conflictos y protección a sus derechos. Esto se puede lograr también, potencializando el sentido estratégico de la facultad de atracción, identificando claramente dónde es necesario seguir fortaleciendo criterios orientadores en rubros que forman parte de los conflictos jurídicos que afectan a una gran parte de la población.
Entre otros ejemplos, las condiciones de internamiento de las personas privadas de su libertad, los derechos de los migrantes, las medidas de protección para quienes viven violencia y la regularización de la propiedad.
El acceso a la justicia de los más desprotegidos requiere, por otro lado, de una visión menos formalista.
La complejidad de los procesos judiciales en nuestro país es muy excluyente, pues la hace incomprensible para la mayoría y exige de abogados o abogadas a los que no todas las personas tienen acceso.
La simplificación de la justicia, debe atenderse también en el ámbito federal, principalmente respecto al juicio de amparo, que es el instrumento jurídico más importante que tenemos para garantizar los derechos humanos y defendernos del abuso de poder.
El hecho de que este juicio sea tan técnico y especializado, y requiera de especialistas con influencias y generalmente honorarios muy altos, ha dejado a millones de personas fuera de su protección.
Por otro lado, si bien los sistemas orales han aumentado la capacidad de la autoridad para comunicar de forma simple el lenguaje jurídico, hay que seguir insistiendo en la necesidad de que las y los juzgadores sean realmente comunicadores.
Las sentencias extensas, ambiguas y complejas, plagadas de tecnicismos o transcripciones, no ayudan a este propósito.
Segundo. Un sistema de justicia más ágil.
Otro de los retos históricos, es lograr una justicia más pronta y expedita.
Si bien en los procesos ordinarios se han logrado reducir los plazos de atención con las reformas en el ámbito local, ya mencionadas antes, para el caso de la justicia federal, esta meta sigue siendo una asignatura pendiente.
Sostener que la solución es fácil, podría ser demagógico; pero, sin duda, tenemos que responder a la población que exige una definición pronta a su legítimo reclamo, y no se explica por qué sus casos duran años o, peor aún, luego de una larga espera, el expediente se regresa a la autoridad que dictó la resolución de origen por una formalidad que no trasciende al fondo del asunto.
Aun cuando existe jurisprudencia de la Corte respecto a privilegiar el fondo sobre la forma al resolver una controversia, y este es un principio plasmado en la propia Constitución, la realidad es que los amparos para efectos, las determinaciones de incompetencia y los sobreseimientos, son el pan de cada día en los juzgados federales.
Fortalecer los criterios del máximo tribunal en este rubro, es fundamental.
De manera adicional, se tiene que hacer también un análisis de los supuestos de procedencia del amparo, sobre todo del indirecto y el recurso de revisión del mismo, respecto de actos de jueces o autoridades que no ponen fin a los procesos o procedimientos de origen.
Desafortunadamente, este instrumento jurídico, es utilizado muchas veces para alargar o, como comúnmente dicen los abogados, “chicanear” los asuntos, lo que impide un acceso expedito a la resolución de los conflictos.
Para estos cambios, será fundamental el diálogo con el Poder Legislativo, con el fin de llevar a buen puerto una reforma judicial que resuelva estas problemáticas.
Tercero. Un sistema de justicia aterrizado a la realidad.
Queremos personas juzgadoras que vean más allá del texto en la norma y puedan empatizar con la gente que ha sido víctima de la injusticia.
Para esto, es importante la comunicación, no sólo con las partes sino también con representantes de comunidades y con actores clave como defensorías, fiscalías, comisiones de derechos humanos y también juzgados locales.
Es preciso también potenciar una visión de la Suprema Corte, que, apoyada en el análisis de especialistas, identifique el impacto social y económico que tienen sus decisiones; que tome en cuenta los problemas de impunidad en nuestro país y las limitaciones presupuestales con las que cuenta el Estado Mexicano, que valore cómo sus decisiones van a incidir no sólo en la justicia federal sino en las instituciones de cada rincón del país que viven realidades muy distintas.
Cuarto. Un sistema de justicia más igualitario.
Necesitamos impulsar con mayor vigor y eficacia el derecho a la igualdad sustantiva, para lograr la transformación de realidades concretas.
Atendiendo a la deuda histórica que se tiene con las mujeres, debe haber coherencia para que el Poder Judicial Federal tome medidas que consoliden la paridad y la perspectiva de género a través de sus sentencias, las cuales tienen incluso un poder pedagógico ante la sociedad, pues ponen en descubierto los contextos de violencia y discriminación, que vulneran los derechos de las mujeres y de las niñas.
Visibilizar la discriminación que aún sufren las personas de la diversidad sexual, indígenas, migrantes y otros grupos vulnerables, así como potencializar sus derechos también es fundamental.
Quinto. Un sistema de justicia más creíble.
Se requiere dotar al sistema de justicia de una mayor legitimidad.
El Consejo de la Judicatura Federal y la Corte deben abordar con mayor eficacia los problemas centrales que afectan la credibilidad del sistema judicial, como privilegios, influyentismo y corrupción.
Para esto, no basta con señalar aquellos jueces que cometen irregularidades. Se requiere crear mecanismos más eficaces para identificarles y sancionarles.
Es por esto que fortalecer la capacidad de vigilancia y sanción frente a irregularidades del Consejo de la Judicatura es, sin duda, otro pendiente en la Agenda Legislativa y de reingeniería institucional.
Sabemos que las problemáticas aquí planteadas son añejas y se han discutido a lo largo del tiempo. El reto, es encontrar nuevas respuestas a los viejos problemas.
Si se logra la coordinación entre poderes e impulsan cambios desde las instituciones sin imposiciones, la capacidad de transformación será mucho mayor.
Ahora, ¿por qué quiero ser parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y cómo puedo ayudar a fortalecerla?
Deseo formar parte del Máximo Tribunal de Justicia de nuestro país para poder contribuir hacer realidad los anhelos de justicia de un pueblo que aspira y exige fortalecerlo.
Creo ser un factor constructivo y de consenso y estoy segura de que mi apertura para escuchar nuevas ideas y enfrentar procesos de conciliación ante posturas distintas, son cualidades que puedo aportar en esta labor de juzgador.
Asimismo, me parece que una mirada externa a la estructura del Poder Judicial, sumado al dinamismo y una visión vanguardista que la juventud ofrece, son cualidades que fortalecerían a la Suprema Corte.
Sé, además, que puedo enriquecer sus deliberaciones con el conocimiento que tengo sobre los nuevos modelos de justicia que favorecen la oralidad y la inmediación.
Trabajé por más de 11 años en torno al Sistema de Justicia Penal Acusatorio, como especialista en la reingeniería de instituciones, litigante y formadora de defensores, ministerios públicos, policías y juzgadores, incluyendo las primeras generaciones de jueces y juezas federales especializadas en el Sistema de Justicia Penal, muchos de ellos magistrados y magistradas hoy en día.
Conozco las distintas caras de la justicia a partir de sus actores, y he tenido la posibilidad de vivir personalmente las debilidades que aquejan al Sistema de Justicia Penal en mi acción profesional como litigante.
Por otro lado, mi participación en los distintos ámbitos en los que he tenido posibilidad de colaborar como servidora pública en los últimos años, sea en el campo de la seguridad o la regulación sanitaria, han complementado mi formación y visión sobre temas trascendentales vinculados al bienestar de la población.
Como abogada general de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, me tocó coordinar los trabajos para crear esta naciente dependencia, así como representar a dicha instancia en la mesa técnica que se conformó con muchos de ustedes en torno a la Reforma Constitucional en materia de Seguridad.
Como ustedes saben, la construcción de consensos en este espacio no fue cosa fácil, y, en mi caso, siempre estuve dispuesta a escuchar y conciliar con las opiniones de todas las fuerzas políticas para la aprobación de las reformas constitucionales.
Lo que hace a alguien un buen juzgador, no es sólo el dominio técnico, sino también la calidad ética y humana. En mi caso, puedo decir que cuento con la formación necesaria para estos fines.
Reconozco que mi entorno familiar ha sido esencial para mi formación, sobre todo humana. Mi madre y mi padre son dos luchadores sociales que han dedicado su vida a defender los derechos de las y los trabajadores, y de las personas más desfavorecidas.
En caso de que esta Cámara tenga a bien elegirme, desempeñaré esta honrosa función con la convicción de servir a las personas de manera honesta, con total respeto a la Constitución, con independencia de criterio y poniendo mi energía y conocimientos técnicos, al servicio del fortalecimiento del Estado de Derecho y el acceso a la justicia.
Muchas gracias.
Maestra Lenia Batres Guadarrama.
“Me presento ante esta honorable mesa para exponer la idoneidad de esta candidatura y su posible contribución como integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como se ha convocado.
En septiembre de 1985, cuando tenía 16 años, decidí estudiar Derecho, mirando los escombros de los talleres de costura derruidos sobre la Calzada San Antonio Abad, imaginaba que, si la gente tuviera acceso a las leyes, habría podido defenderse de los abusos laborales que tenían trabajando a las 7:18 horas, casi esclavizadas, hacinadas en locales insalubres, mal construidos, sin prestaciones laborales, a casi mil costureras que fallecieron aquel día del terremoto. Se calcula que eran cerca de 800 talleres los que funcionaban ahí de manera clandestina.
Veíamos esos días a tanta gente pobre perder su casa, su trabajo, a sus familiares, que imaginé convertirme en abogada en la que pudieran confiar, que no los engañara, que peleara ante las autoridades el reconocimiento de la vivienda que por falta de dinero no pudieron escriturar y ahora habían perdido.
Que pelearan ante los tribunales la indemnización laboral de fuentes de trabajo, que ahora no podían acreditar.
Desde entonces, vivo con ese horizonte. La posibilidad de que cada persona tenga y ejerza sus derechos: el derecho a la vivienda, a la educación, al trabajo, a la salud, a la cultura, a participar en las decisiones públicas y a elegir a sus gobernantes. El derecho a existir como personas.
Se dice que vivimos ahora la revolución de los derechos, se trata del resurgimiento de los derechos humanos que, a diferencia de las primeras declaraciones de derechos, que provenían del liberalismo clásico, no surgió del neoliberalismo, sino de la abominable desigualdad que este dejó en todo el planeta.
En América Latina, además, es una reacción a las dictaduras. En México nació con fuerza frente a los gobiernos autoritarios que reprimieron estudiantes, desaparecieron y mataron campesinos y activistas que defendían sus derechos.
Dworkin y Ferrajoli, entre muchos constitucionalistas contemporáneos, han tenido una enorme influencia en el impulso de esta revolución de los derechos. Ambos se pronunciaron con fuerza contra el positivismo legal que sostuvo dictaduras que se ostentaban como Estados de Derecho.
Durante décadas, el discurso de la legitimidad normativa se acentuó en la aprobación de leyes, que no importaba si violaban derechos humanos, como el derecho a la vida, al debido proceso, a la presunción de inocencia, a la irretroactividad de la ley penal; derechos fundamentales que habían sido formulados para evitar el asesinato, la detención sin juicio o la formulación de leyes ad hoc para reprimir a quienes osaran disentir con el soberano.
Si el mayor mérito de las constituciones modernas ha sido haber incorporado los derechos humanos y la democracia, como principios fundamentales; las leyes secundarias deberían derivar únicamente de esos principios.
El garantismo constitucional ha puesto en el centro, los derechos de las personas y el ideal de una sociedad igualitaria y democrática. La revolución de los derechos está centrada en la dignidad de las personas; dignidad que significa, según Enrique Flores Cano, la posibilidad que tenemos de sentir, pensar, expresar, actuar: dignidad que sólo es posible ejercer cuando contamos con un mínimo de satisfactores. Si no los tenemos, somos esclavos de la sobrevivencia, no personas con dignidad.
Por eso, esta revolución se guía, como dice Ronald Dworkin, por tomar en serio los derechos y asume jurídicamente, por primera vez, la responsabilidad de garantizar los derechos sociales, dejando atrás esa idea de que constituían sólo retórica constitucional, loables aspiraciones ajenas a la realidad, como nos enseñaron tanto tiempo en las escuelas de derecho, sino derechos constitucionales que deben garantizarse en leyes secundarias, en programas y políticas determinadas en los presupuestos públicos.
Son derechos que se pueden y deben ejercer; derechos irrenunciables para las personas y obligatorios, progresivamente, para los estados.
Esta revolución de los derechos, nos acerca a todas, a todos, cuando reconocemos que somos iguales ante la ley, es decir, de manera formal; e iguales en el ejercicio y respeto de nuestra dignidad, es decir, de manera sustantiva.
Como ha sostenido Ferrajoli, somos iguales hombres, mujeres, personas trabajadoras, de la comunidad LGBTTTIQ+, de las comunidades indígenas y afromexicanas, intelectuales, personas del campo, con discapacidad, con títulos escolares y sin ellos, ricas, pobres. No obstante, nuestras diferencias, somos iguales en dignidad.
Por eso el lenguaje de los derechos es un lenguaje democrático, un lenguaje que engloba a toda la humanidad.
La revolución de los derechos, ha modificado ya la aplicación y evaluación de políticas públicas, con técnicas dirigidas a medir el avance del cumplimiento o el acercamiento de la satisfacción de derechos.
La mayor legitimidad de una ley, de un programa social, de una institución pública, del ejercicio presupuestal, deriva de cómo incide en garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas.
El paradigma constitucional que sustituyó al paradigma legislativo positivista, ha representado el mayor vínculo de las constituciones y las leyes y, al mismo tiempo, un límite al Poder Legislativo, que debe regular siempre de acuerdo con el contenido de la Constitución y un límite al ejercicio del Poder Ejecutivo que debe cumplir las leyes emitidas conforme a la Constitución.
En algunos países, como Estados Unidos, se atribuye la revolución de los derechos al Poder Judicial que, algunos sostienen, ha extendido el contenido constitucional sobre derechos humanos en su régimen jurídico, ampliando su ejercicio para las minorías. Aunque también hay quienes atribuyen al mismo poder la falta de desarrollo de los derechos sociales.
En México, cada reconocimiento, ejecución o extensión de un derecho social e incluso individual, como las libertades políticas, ha surgido de movimientos sociales y ha quedado plasmado en nuestra Constitución, que justamente proviene de un gran movimiento social revolucionario; o en nuestras leyes impulsadas, entre otros, por gobiernos progresistas, como el de Lázaro Cárdenas, o por los propios movimientos sociales fundamentalmente de trabajadoras y trabajadores.
Independientemente de lo que ocurre en Estados Unidos o en México, el constitucionalismo actual se cuestiona fuertemente el papel del Poder Judicial, como poseedor de la última palabra en la interpretación de los derechos humanos y en general de las normas constitucionales.
Existe una gran preocupación porque la preponderancia del Poder Judicial existente en Estados Unidos sirve actualmente para falsificar la defensa de la constitucionalidad en regímenes jurídicos distintos, como el nuestro; se disfraza de ponderación o precedente, dice Luigi Ferrajoli, lo que en la práctica significa abrogación de normas constitucionales o legislativas por el Poder Judicial.
Ferrajoli mismo ha advertido que, en el sistema constitucional escrito, la ponderación de derechos no puede ser la solución a los problemas interpretativos en la aplicación de la ley, pues introduce inevitables distorsiones.
Los principios constitucionales no son normas expuestas a opciones ponderadas de los legisladores o de los jueces sino, por el contrario, límites y vínculos impuestos a unos y otros.
Los conflictos, dilemas y las incertidumbres frente a los concursos de normas, deben resolverse con argumentos que apoyen la resolución jurídica propuesta como la más correcta, de acuerdo con las normas existentes.
Y en casos concretos, a través de la comprensión y la valoración equitativa de circunstancias singulares e irrepetibles que hacen a cada caso irreductiblemente distinto de todos los demás.
La ponderación, como elección de una norma en menoscabo de otra, equivale a admitir que las normas constitucionales son derogables y acervan a la sujeción del juez a la ley.
Cuando un juez toma decisiones ponderando la aplicación de derechos, transforma la aplicación de la ley en una cuestión desvinculada con la Constitución.
En nuestros sistemas constitucionales no debería permitirse que los jueces emitan jurisprudencias ajenas o contrarias a normas constitucionales o legales, pues si bien el Poder Judicial tiene competencia para interpretar la norma, esta interpretación no debería convertirse en la emisión normativa.
Igualmente, los precedentes de sentencias como fuentes de derecho, no caben en un sistema constitucional escrito. Es inadmisible para el enfoque garantista, de acuerdo con el propio Ferrajoli. La idea de que las sentencias sean fuentes contradice el principio de legalidad, la sujeción de los jueces solamente a la ley y por lo tanto la separación de poderes.
Equivale a una regresión al derecho premoderno, pues en los ordenamientos democráticos de civil law, la producción del derecho vigente está reservada a las instituciones políticas o representativas, legislativas o de gobierno, a través de cuyo ejercicio se crea nuevo derecho. Esto es, nuevas normas destinadas a la aplicación judicial.
Por eso, en el caso mexicano nos corresponde reencauzar la actuación del Poder Judicial hacia el límite constitucional y legal. Es una necesidad republicana y democrática.
Republicana, porque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos supone, en su artículo 49, la división de poderes. Textualmente señala que no podrán reunirse dos o más poderes, legislativo, ejecutivo y judicial en una sola persona o corporación.
Y cuando el Poder Judicial actúa legislando, abrogando leyes completas aprobadas por el Poder Legislativo, con base en principios que él mismo definió y que asume deben cumplir los poderes legislativos, en los que determina elementos de validez de los procedimientos de los congresos que no existen en la ley, el Poder Judicial, creo, invade doblemente la facultad del Poder Legislativo y me parece que viola el artículo 49 constitucional. Por eso, violenta también el principio de actuación democrática, que ha dispuesto que sólo el Poder Legislativo, en tanto representación del pueblo produzca las normas.
No es el único caso en el que el Poder Judicial actual está extendiendo las facultades que la Constitución y las leyes le dan. Ha violentado la Ley de Amparo al otorgar suspensiones con carácter general de leyes completas, como lo hizo con la Reforma Electoral y la Ley General de Comunicación Social.
También, ha violado la Ley de Amparo, que no le faculta para suspender actos del Poder Ejecutivo, como la distribución de libros de texto gratuitos de manera general en entidades de la República, como sucedió en Chihuahua durante un mes y sigue sucediendo en el estado de Coahuila.
Y, desde 2010, debió haber acatado el límite a las remuneraciones de las personas servidoras públicas con todo y la excepción que hizo con los ministros y magistrados nombrados antes de la reforma al artículo 127 constitucional.
Ni en estos casos, ni otro, como el reciente desacato para disponer de los recursos de 13 fideicomisos para las personas damnificadas en el estado de Guerrero; el Poder Judicial tiene ninguna justificación.
La idoneidad para el nombramiento que hoy ocupa esta honorable Comisión de Justicia, tiene que ver con coadyuvar en la consideración de estos elementos en las resoluciones del Poder Judicial mexicano.
En países como Chile, un número de miembros que no provienen del propio Poder Judicial, deben integrarse al máximo Tribunal. Incluso, en países como Alemania, integran instancias jurisdiccionales jueces legos, como se les llama a aquellos que no deben ser siquiera abogados.
Creo que a nuestro país ayudaría diversificar el origen de los jueces, juezas, para fortalecer el sentido común de la justicia; sobre todo el de la justicia social, que presupone que, por ejemplo, ninguna persona servidora pública gane como actualmente sucede, 54 veces más, tan sólo nominalmente, que lo que significa el salario promedio de cada mexicana o mexicano.
Dice, nuevamente Ferrajoli o más bien, digo con Ferrajoli, que el poder que mayor amenaza representa para la independencia, imparcialidad y objetividad de los poderes judiciales actualmente, no son los del Gobierno y de las y los legisladores; sino el poder del mercado, que ha llegado a subordinar a los poderes constituidos, hasta convertirlos en agencias de transmisión de sus necesidades, como sucedió durante sexenios en nuestro país.
No tengo, tengan ustedes seguridad, ningún vínculo con esos poderes.
Las relaciones que poseo no condicionarían la resolución de controversias particulares, ya que las convicciones de justicia social, de respeto a las libertades personales, de autogobierno profundo por las que he realizado funciones de gobierno, son las que sustentaría en los fallos en los que desde el Poder Judicial podría ahora participar.
Es decir, seguiría guiándome por principios democráticos y de derechos humanos asentados en nuestra Constitución, de origen popular y republicano, con sujeción al derecho y el respeto de las facultades de los poderes representativos.
Creo con constitucionalistas, como Gargarella, que en el derecho subsiste una potencia humanista esperanzadora. Incluso, revolucionaria, que se muestra abierta en su lenguaje, igualitario y universal.
Y creo, con Heriberto Jara, que ningún proyecto político, como los que representan las constituciones, se justifican si no se defiende prioritariamente la justicia social.
A 38 años del terremoto de 1985, sigo convencida de que las constituciones y las leyes son útiles cuando resguardan los derechos de las personas; sobre todo de aquellas que han sido excluidas del ejercicio de la dignidad.
Maestra María Estela Ríos González:
Es un honor dirigirme a ustedes para compartirles mi trayectoria profesional, de la cual me siento muy satisfecha.
Quienes decidieron que yo fuera abogada fueron mis padres. Pero, esa decisión le dio un sentido a mi vida, me llenó de satisfacción y me ha proporcionado muchas satisfacciones, mucho aprendizaje y muchas experiencias.
Y todas esas experiencias, las utilizo en aras de hacer efectiva la justicia, ¿qué justicia? Aquella que se ensalzaba en aquellos tiempos en que yo empecé a estudiar derecho: la justicia social. Esa era la que se ensalzaba en esos momentos y yo crecí con esa idea de la justicia social.
Quiero decir que después ya se ha ampliado el concepto de justicia: justicia abierta, justicia alternativa, justicia restaurativa. Pero esa justicia social, fue la primera que me formó.
Me inicié en el litigio laboral, con el licenciado Armando Castillejos Ortiz, un connotado abogado laboralista; y con mi maestro Carlos Fernández del Real, un español exiliado que vino aquí, a México, y él fue mi gran maestro, y me dio una de las lecciones más importantes de mi vida profesional. Me dijo: Estelita, para ser abogada de causas sociales, primero tienes que ser abogada. Y he procurado cumplir con esa situación.
También quiero decir que recibí grandes enseñanzas de mis contrapartes, abogados patronales.
Ahora me viene a la memoria el licenciado Jorge Mier y Concha, de quien también recibí enseñanzas, porque uno recibe enseñanzas en el litigio, de los contrarios. Nos enseñan muchas cosas, nos enseñan qué hacer y qué no hacer; y yo quiero expresar aquí ese agradecimiento a todos esos maestros que tuve durante esa temporada.
En 1987, ya me independicé, puse mi despacho, empecé a trabajar con varias compañeras abogadas; seguí asesorando trabajadores y sindicatos. Varios sindicatos, como el Sindicato Radical del Metal y Similares; como el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear; como a la Sección 271 del Sindicato Minero; como al Sindicato de Euzkadi y otros más.
Ese periodo, quiero decirles que fue también muy enriquecedor para mi actividad profesional.
También debo señalar que desde 1991, soy integrante de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos; y de 1995 a 1997, presidí la asociación.
En esa época, también fui integrante de la Coalición Pro Justicia en las Maquiladoras y fui miembro del Comité de dicha coalición.
Eso me sirvió también para ser testigo calificada en la primera queja que se presentó, con motivo de los acuerdos paralelos del TLCAN, en contra de Sony. Muy interesante experiencia, que también me brindó muchas enseñanzas.
Y también, como presiente de la ANAD, la representé en la Comisión de Seguimiento y Verificación de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar, allá por 1996.
Ya en 1998, me alejé del litigio particular e inicié mi carrera en el servicio público en el entonces Distrito Federal.
Tenía yo la convicción de que podía seguir contribuyendo con mis conocimientos y experiencia en una trinchera diferente, pero en beneficio de los habitantes de la ciudad.
Empecé como Directora del Registro Civil, allí quiero decirles que había un espectáculo que me lastimaba mucho: el ver las largas filas que hacían los solicitantes, las largas esperas que tenían que hacer para recibir una copia certificada.
Por fortuna para mí, ya después también como consejera jurídica y de servicios legales del gobierno del Distrito Federal, pudimos hacer, junto con un equipo informático altamente competente de la Jefatura de Gobierno, pudimos hacer la modernización del Registro Civil, para lograr que, de forma rápida, eficaz y evitando falsificaciones de actas, se pudieran expedir rápidamente esas copias certificadas.
También revisamos algunos procedimientos, porque la costumbre de algunos empleados era poner obstáculos y traer a la gente dando vueltas y vueltas, con el objeto de que, cansados, pudieran ofrecer algún dinero para que se les agilizaran los procedimientos.
Sin embargo, también quiero reconocer que durante ese periodo y desde siempre, he descubierto que hay gente, que hay servidores públicos honestos, comprometidos y que cumplen con su deber.
Sí es cierto. Por un lado, puedo decir que hay corrupción, pero, por otro lado, hay gente siempre dispuesta a trabajar; y eso significa, y por eso también la Administración Pública funciona.
Porque, si bien es cierto que hay alguien que no cumple con su deber, hay otros tantos que cumplen con su deber, y esos fueron un gran apoyo para mí en toda mi carrera como servidora pública.
De 1998 a 2000, fui Coordinadora de Asesores de la Subsecretaría del Trabajo y Previsión Social y Procuradora de la Defensa del Trabajo.
En esa misma línea de buscar que no se hiciera perder tiempo a los trabajadores, establecimos mecanismos, procedimientos para agilizar la atención a los trabajadores, y también tomamos medidas para combatir la corrupción.
Ya en el 2000 al 2006, tuve la oportunidad de ser consejera jurídica y de servicios legales.
Quiero decir, sin que eso implique nada en particular, que allí fue donde nos conocimos y conocí también a un ministro que a mí me impresionó muy favorablemente, Juan Díaz Romero.
Como Consejera Jurídica, logramos, se logró agilizar los tiempos de respuesta que tenía que dar el Gobierno Federal para atender los juicios.
Y esto fue muy importante, sobre todo también porque se logró que la Suprema Corte reconociera que, dada la naturaleza diferente que, a partir de esa fecha, tenía el Distrito Federal, se reconociera que la Jefatura de Gobierno era diferente, como dependencia, de las otras dependencias, en el tema de ser titulares de las relaciones de trabajo con los servidores públicos. Eso fue un logro.
Quiero decirles que eso lo resolvió la Corte después de que yo salí, pero fue un logro importante.
Y uno de los logros que a mí me da satisfacción es el de la controversia del horario de verano. Fue muy importante por dos razones:
La primera, se le reconoció legitimación al Distrito Federal para actuar en una controversia constitucional y poder impugnar el Decreto del titular del Ejecutivo Federal.
Y esto se hizo con base en lo que dispone el artículo, bueno, disponía en ese entonces el artículo 43 de la Constitución.
Pero, además, se llegó a la conclusión de que el Ejecutivo Federal no tenía facultades para emitir un Decreto sobre ese tema, ya que era, y actualmente lo es, competencia del Congreso de la Unión.
Aquí quiero señalarles que esa fue la primera temporada. La segunda temporada del horario de verano se dio en el 2022, con la Iniciativa presidencial y la aprobación del Congreso de la Unión, con lo que quedó fuera el horario de verano.
Y también quiero decir que durante el tiempo que estuve en la Consejería, teníamos a nuestro cargo la Defensoría de Oficio.
Conté con la participación y la colaboración del Tribunal Superior de Justicia, que hizo, nos ayudó a hacer una gran capacitación de los defensores de oficio.
Y también contamos con el apoyo de la UNAM, porque había algunos defensores de oficio que no tenían título, y se hicieron cursos para poder otorgarles el título. Eso para mí representó un gran logro.
Después de Consejería, duré casi 11 años en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. De alguna manera, regresé a mi origen de laboralista.
Primero, me desempeñé como dictaminadora; allí aprendí a hacer los proyectos de laudo, que, si se decidiera que yo fuera la próxima ministra, pues ya llevo un aprendizaje en ese sentido.
¿Cuál era el método que utilizaba yo? El método deductivo de análisis para emitir los proyectos de laudo, que consiste en fijar la litis, establecer la premisa mayor, esto es, la norma a aplicar; establecer la premisa menor, estos son los hechos probados para determinar si encajaban o no en la norma, y llegar a la conclusión que nos pudiera decir si se absolvía o no.
Debo recalcar que durante ese periodo actué con imparcialidad. Sí quiero decirles que de repente mi corazón estaba con los trabajadores, pero si yo veía que no llevaban la razón, no se las daba.
Porque lo que uno no puede hacer como juzgador, en este caso como proyectista, es inclinar indebidamente la balanza a favor de una u otra de las partes. Uno tiene que actuar con imparcialidad, y así lo hice como dictaminadora.
Después, llegué al cargo de Secretaria General de Asuntos Individuales, por ahí de marzo del 2013.
¿Cuál fue mi labor en ese caso? En ese caso, lo que hice, formé un equipo con presidentes, con auxiliares de junta y secretarios de acuerdo, y nos dimos a la tarea de unificar los criterios que se aplicaban en la Junta, criterios basados en razonamientos jurídicos y también agilizamos el procedimiento.
Después, pasé a ser directora del Instituto de Especialización de la propia Junta, encargada de impartir capacitación y actualización al personal jurídico.
Ahí también, quiero decirles, que fui afortunada porque conté con la colaboración desinteresada de importantes académicos universitarios, de connotados abogados laboralistas y patronales, que contribuyeron a la capacitación y actualización del personal jurídico de la Junta.
Aprovecho esta oportunidad para dar las gracias, reiterar mi agradecimiento a todos ellos. Fue un esfuerzo que sirvió para elevar el nivel jurídico del personal de la Junta.
Después, ya a finales de 2018, se me dio la encomienda de encargarme de la dirección general de ordenamiento de la propiedad rural, que pertenece a SEDATU, con una encomienda precisa: combatir la corrupción, porque sí, ciertamente había habido mucha corrupción, los terrenos nacionales se habían cuasi regalado, había falsificación de títulos de propiedad y muchas otras inconsistencias más.
Y lo que se hizo fue mejorar las medidas de seguridad de los títulos de propiedad, para evitar falsificación. Se ajustó el procedimiento, porque se llevaban a cabo unos procedimientos a voluntad y lo que hicimos fue ajustarlos a lo que disponía la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
También nos tocó, porque había una parte que correspondía a la propiedad rural, y teníamos que atender a campesinos. Me llena también de satisfacción el que se haya formalizado la entrega de 659 mil hectáreas a campesinos, unos de ellos que llevaban esperando hasta 88 años.
Entonces, fue una gran satisfacción poder hacer realidad la entrega de esas tierras, a esos campesinos que habían estado esperando, ya no algunos de los originarios, pero sí a sus hijos y a sus nietos.
Y también, una encomienda que hubo y que tuvimos que cumplir, también bajo el principio de imparcialidad y de orden; fue cumplir con el decreto del presidente Lázaro Cárdenas de 1940, para repartir, para devolver las tierras al pueblo yaqui.
Ahí estuvimos casi un mes y medio en Sonora, hicimos una investigación técnica y jurídica muy profunda; de tal manera que donde se acreditó o cuando se acreditó que los particulares eran legítimos propietarios de la tierra, se les respetó ese derecho.
Cuando no lo acreditaron, esas tierras se devolvieron a los yaquis. Después, sé que finalmente ya no me tocó a mí, pero finalmente se llegó a una buena solución, en que todos quedaron satisfechos.
Y eso también es un buen logro, porque finalmente se entregaron las tierras a los yaquis, se respetaron los derechos de propiedad de los legítimos propietarios. Y siempre lo hicimos con base en un estudio muy cuidadoso.
Se me olvidaba comentarles algo, bueno, lo comento ahora. Y quiero decirles que también se actuó con absoluta imparcialidad, porque, ¿qué es lo que hace la imparcialidad?
Dar la legitimidad a las resoluciones que uno dicte, sean administrativas o jurisdiccionales. Porque si uno de repente inclina la balanza, va a perder legitimidad; en cambio, si uno es imparcial, si uno se mantiene en el equilibrio, ¿qué resulta? Que la gente va a seguir confiando en las resoluciones que emitimos.
También ya para 2021, 2 de septiembre de 2021, llegué a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Ahí he actuado como representante del titular del Ejecutivo Federal y, por ende, de la Federación; siempre con apego a derecho y con respeto a la Constitución.
La Consejería a mi cargo, mediante acciones de inconstitucionalidad, impugnó y obtuvo de la Suprema Corte de Justicia, la declaración de invalidez de porciones normativas de varias leyes, de ingresos para el Ejercicio Fiscal 2023 de diversos municipios de los estados de Tabasco, Jalisco, Nayarit, Puebla, Tlaxcala y Aguascalientes.
¿Cuáles eran y por qué razón impugnamos estas porciones normativas? Porque imponían multas, multas por la práctica de juegos o deportes en las calles, las famosas “cascaritas”.
Se cobraba impuesto sobre impuesto, se cobraba por búsqueda de documentos, cuando ese servicio debe ser gratuito. Se hacía un cobro desproporcionado por alumbrado público y se había establecido el cobro por la expedición de un permiso para poder realizar fiestas, bailes o reuniones familiares en domicilios particulares.
También interpusimos varias controversias constitucionales por afectarse la competencia de la Federación. Lo hicimos y, por fortuna, obtuvimos una resolución favorable en la emisión del Programa Estatal de Ordenamiento Territorial Ecológico y Desarrollo Sustentable en Quintana Roo.
Hemos evitado condenas por más de 62 mil millones de pesos y se han recuperado más de 82 millones de pesos, así como más de 126 mil hectáreas.
Quiero decirles también, y compartirles, que la elaboración de nuestros instrumentos jurídicos, seguimos con esa técnica que yo aprendí cuando era dictaminadora, pero también tomamos en cuenta otros métodos argumentativos.
Por ejemplo, el que reivindica Manuel Atienza, que es el de la ponderación de los derechos; y también, a otra posibilidad de analizar los hechos primero, y luego ver la norma.
También con el reconocimiento de que el propio artículo 94 constitucional establece la obligación de las salas de la Suprema Corte de Justicia y del Pleno, de expresar las razones en que funden sus decisiones en sus sentencias, para que formen los precedentes.
Eso me parece muy importante, me parece que va en armonía con todos estos métodos argumentativos.
Porque, ¿qué es lo que da legitimidad, desde mi perspectiva, a las resoluciones de los juzgadores? Es precisamente dar esas razones; exponer esas razones que den el convencimiento de que efectivamente están actuando conforme a derecho y conforme a la Constitución.
Es el famoso, ya antiguo, pero creo que sigue vigente en toda resolución administrativa y toda resolución judicial, deben estar debidamente motivadas y motivadas.
Creo que eso es básico para la emisión de todas nuestras resoluciones.
Y, bueno, sí quiero compartirles también que para el equipo de consejería que trabaja conmigo, y al cual también aprovecho la oportunidad para agradecerles su participación, obtuvimos de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia que se desecharan las controversias que habían interpuesto el Gobierno de Coahuila, el estado de Coahuila, de Zaragoza, y el estado de Chihuahua, en contra de la elaboración, distribución y edición de los libros de texto gratuitos.
Para nosotros, en lo particular, representó una victoria en el sentido de estar protegiendo el derecho a la educación de los niños y el interés superior de la niñez, y en eso nos sentimos comprometidos con la defensa de ese derecho.
Quiero mencionarles que soy fiel seguidora del Decálogo del Abogado de Eduardo J. Couture, particularmente de los mandamientos que prescribe y los leeré.
Estudia. El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado.
Lucha. Tu deber es luchar por el derecho, pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia.
Ten fe. Ten fe en el derecho como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del derecho; en la paz, como sustitutivo bondadoso de la justicia. Y, sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay derecho ni justicia ni paz.
Quiero decirles que también seguí el décimo mandamiento: Amé de tal amo y amé de tal manera mi profesión, que se la recomendé a mi hija.
Por todo lo anterior, a la pregunta de, si profesionalmente soy idónea para ocupar el cargo de ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de tomarse en cuenta mi honestidad, honradez, profesionalismo y honorabilidad, con la que me he comportado a lo largo de mi vida profesional, la respuesta es: Sí soy idónea.
De ser nombrada ministra, haré efectivo, en lo que esté a mi alcance, el derecho a la impartición de justicia pronta, completa e imparcial de los habitantes de este país, que consagra el artículo 17 constitucional.
Y cumpliré cabalmente con los principios de actuación que establece el artículo 100 de la Constitución para los funcionarios judiciales, a saber, excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, independencia y paridad de género.
Me conduciré como ministra, en caso de ser elegida, como siempre lo he hecho, con apego al derecho, en busca de la justicia y con independencia de criterio.
Comprendo que el Poder Judicial de la Federación y los poderes Legislativo y Ejecutivo, deben mantener una relación equilibrada entre sí.
Ese es el sentido de la división de poderes, establecer una serie de contrapesos para que ningún Poder se imponga sobre el otro, y reconozco que, como lo establece el artículo 39 constitucional, la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo, y que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para su beneficio.
Los juzgadores deben apegarse en su actuación a los principios de excelencia, objetividad, profesionalismo e imparcialidad de independencia, y no basarse al emitir sus resoluciones en pasiones o intereses personales.
Yo me comprometo a actuar con base en dichos principios, dejando a un lado cualquier pasión o interés personal que pudiera obnubilar mi razón.
Servir a mi país desde la Corte será para mí, como mexicana, mujer y abogada, la oportunidad de contribuir a la consolidación de un sistema judicial, que haga efectivo para todos los habitantes de este país, sin distinción alguna, el derecho humano a vivir dignamente y con justicia.
Gracias.
Y sí quisiera ahondar, si me lo permiten, en la objeción que ha formulado el senador Germán Martínez.
Habría que señalar que no se puede hacer una distinción donde la Constitución no lo hace ni se puede aplicar una interpretación extensiva cuando la Constitución no la hace, porque sería violatoria de un derecho.
¿Qué sucede? En la Constitución se distingue muy bien a los secretarios, a los que se les prohíbe, bueno, se les restringe el derecho, no se les prohíbe, se les restringe el derecho a que no puedan ser propuestos como ministros, si no han sido separados de sus funciones con un año de anterioridad.
Y habla muy claro de cuáles son los secretarios de Estado, lo distingue; habla de las secretarías de Estado y de la Consejería Jurídica, y le asigna funciones diferentes.
Esa es la razón por la que yo no puedo ser considerada como secretaria de Estado. A la mejor sí me hubiera gustado, ¿eh?, pero no lo soy. Y no lo soy porque los secretarios de Estado, o las secretarias de Estado son órganos públicos político-administrativos.
Ellos realizan obra pública, están encargados de cumplir con las políticas públicas, realizan actos de autoridad que inciden, que pueden incidir en la esfera de los particulares, deben rendir un informe, en una comparecencia ante el Senado, ante el Congreso de la Unión. Yo no lo hago como Consejera.
¿Por qué? Porque mi labor es técnico-jurídica, no es una labor político-administrativa. Yo no refrendo.
Y no refrendo por una razón. Porque quienes participan, y así lo hacemos en Consejería, en la elaboración de los instrumentos jurídicos son todas las demás secretarías. Ellas son las que intervienen, aportan sus elementos y nosotros lo que vamos haciendo es conjuntar esos elementos.
Sí es cierto que represento al titular del Ejecutivo Federal, y a su vez, en consecuencia, a la Federación, y eso me permite dar, interponer acciones de inconstitucionalidad, contestar las acciones de inconstitucionalidad, y alguno que otro amparo, en el que el Presidente es parte y se decida que debe ser atendido por la Consejería.
Entonces, y si se hace una interpretación equiparándome como consejera, como secretaria de Estado, se estaría restringiendo mi derecho a ocupar un cargo público, derecho que está establecido no sólo en la Constitución sino en diversos tratados internacionales.
Yo espero que esto sirva para que no se pretenda restringir mi derecho. Puede que no les resulte elegida por otras razones, pero esa no es una razón constitucional ni legal para impedirme formar parte de esta terna y convertirme en elegible para ser ministra de la Suprema Corte.
Les agradezco su atención y estoy a su disposición para las preguntas que ustedes decidan hacerme.
Gracias.
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Estos vientos de cambio se han manifestado con la promoción de propuestas legislativas que con el peso de la mayoría en el Poder se concretan en reformas constitucionales.
En este sentido y en el marco de una anunciada reforma al Poder Judicial de la Federación resulta interesante y enriquecedora y sobre todo aconsejable la reflexión de las propuestas de las candidatas a Ministras propuestas por el Presidente de la República.