No es común encontrarnos con un conflicto entre Poderes, pero cuando se presentan entre la Cámara de Diputados y el Ejecutivo federal, son de profundidad constitucional. Se conoció por la prensa que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aceptó el trámite de la controversia constitucional que fue presentada por la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, la panista Laura Rojas Hernández, con la que impugna el decreto que faculta al Ejecutivo federal a utilizar a las fuerzas armadas en labores de seguridad pública.
Conviene tener como punto de partida, la reflexión de que se trata de la cámara de un Congreso de naturaleza representativa, de carácter plural y que la Presidencia de la Cámara de Diputados es por elección democrática y el órgano administrativo de gobierno que representa a todos los grupos parlamentarios, pero además materializa la idea de que los legisladores representan al pueblo. La pregunta parece obvia ¿en qué calidad la Dip. Laura Rojas presentó la controversia, como simple diputada, en nombre de su grupo parlamentario o presidenta de la Mesa Directiva y si tiene a caso lugar esa suerte de linchamiento? ¿Se revertirá la vieja tendencia de que la mayoría del partido del titular del Ejecutivo se impone y termina inclinando la balanza a su favor?
*En un estupendo artículo publicado en *El Financiero por el Dr. Pedro Salazar Ugarte, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, abordó el tema y expuso que el Reglamento de la Cámara de Diputados contempla la posibilidad de que la persona que preside a esa instancia de representación pueda “por sí mismo (…) presentar demanda de controversia constitucional cuando lo estime necesario para defender los intereses de ésta, aun en los periodos de receso” (art. 233, 2).
Planteó seguido que la Dip. Laura Rojas, quien preside la Mesa Directiva “en que debe recrearse la pluralidad nacional, piensa que el Acuerdo presidencial por el que se determinó que las Fuerzas Armadas deben realizar tareas de seguridad pública los próximos cinco años, es inconstitucional”. Agregando que “junto con ella lo pensamos muchas personas”.
Las diferencias
En la ruta de las explicaciones la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, ha dicho que en el caso de la controversia no es contra el Decreto del Ejecutivo, lo que puede leerse que no es contra la facultad presidencial, sino que la razón es que “establece la disposición de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria hasta 2024, debiendo informar anualmente al Senado sobre el uso que haga de su competencia, en tanto que la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implante territorial”.
El hecho genera una serie de lecciones a reflexionar en torno a un conflicto surgido entre Poderes de la Unión y la controversia como facultad entre Poderes, lo que ha ido involucrando al Ejecutivo en diversos frentes y con instituciones públicas o privadas.
En el caso de la Presidencia de la Cámara de Diputados, se precisó que el propósito de la controversia no es cuestionar la facultad del Presidente de la República para disponer de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, sino asegurar que éste cumpla efectivamente con los criterios que establece la Constitución, y con ello asegurar que sus acciones para otorgar seguridad a las y los mexicanos sean efectivas y estén sólidamente ancladas en la legalidad.
Definiciones
También, el conflicto o la diferencia bajo la mirada de los ciudadanos de a pie nos coloca ante una serie de reflexiones sobre lo que se define y que se entiende como disposición de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública y que significa que la Guardia Nacional se trata de un cuerpo destinado a prevenir y a combatir los delitos con alto índice de violencia y que está a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública y Participación Ciudadana.
Y así en la disección nos encontramos con que la Guardia Civil está compuesta por miembros de la Policía Federal, Naval y Militar. Al respecto de las Fuerzas Armadas se va entendiendo que han sido creadas y hechas para la guerra y no para la seguridad pública, además de que se les atribuye haber cometido grandísimos abusos en contra de los civiles y han gozado de impunidad.
También nos fue claro que la presidenta de la Mesa Directiva de la LXIV Legislatura, hizo uso de un recurso o instrumento constitucional que es la controversia, se trata de un juicio que se promueve en razón de superar las diferencias entre las esferas de distribución del poder, entre los tres Poderes y entre entidades federativas al momento de presentarse un conflicto entre ellos.
*La titular de la Mesa Directiva recurrió al Reglamento de la Cámara de Diputados que contempla la posibilidad de que la persona que preside a esa instancia de representación pueda “por sí mismo (…) presentar demanda de controversia constitucional cuando lo estime necesario para defender los intereses de ésta, aun en los periodos de receso” (art. 233, 2), explicó en su artículo el Dr. Pedro Salazar publicado en periódico *El Financiero.
En la lectura del comunicado de la presidenta argumentó que, durante el mes de mayo de 2019, “el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas acordaron por unanimidad reformar la Constitución1 para establecer un nuevo régimen jurídico que permitiera al Estado mexicano resolver la crisis de seguridad pública”.
Motivos
Precisó Rojas Hernández, que con la reforma se creó un nuevo cuerpo policial: la Guardia Nacional, institución de perfil civil, disciplinado y profesional, encomendado a salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, además de contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.
La reforma se acompaña de un mandato que es fortalecer a las policías locales y faculta al Presidente de la República para disponer, excepcional y temporalmente “de las Fuerzas Armadas permanente en tareas de seguridad pública en el país, de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, hasta en tanto se consoliden las capacidades de la Guardia Nacional”.
Resaltó en la narrativa que el 11 de mayo de 2020, “el Ejecutivo federal emitió el acuerdo que dispone de las Fuerzas Armadas permanentemente para realizar tareas de seguridad pública en todo el territorio nacional, hasta el 27 de marzo de 2024”.
Transparencia
La diferencia es clara, la Dip. Rojas Hernández expuso que tras cuidadoso análisis, consultas a especialistas y organizaciones de la sociedad civil, al considerar “los pronunciamientos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU”, concluyó“que existen razones fundadas para solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que, mediante una controversia constitucional, revise la constitucionalidad del acuerdo”.
Expresó una serie de preocupaciones como el que se trata de un acuerdo alejado de los parámetros establecidos por la Constitución “para el despliegue de las Fuerzas Armadas permanentemente en tareas de seguridad pública, dejando de nuevo al Ejército y la Marina sin un marco jurídico que le dé certidumbre a su actuación”. También se apuntala la contradicción del acuerdo con el texto constitucional y ello con relación a la complementariedad y la subordinación de las Fuerzas Armadas que participen en tareas de seguridad pública a las autoridades civiles al establecer que el secretario de Seguridad Pública debe “coordinarse” con las secretarías de la Defensa Nacional y la de Marina.
Planteó la presidenta de los diputados “que a pesar de que el principio de fiscalización es claro al exigir que el control de las Fuerzas Armadas que desempeñen tareas de seguridad pública debe ser llevada a cabo por órganos civiles competentes, independientes y técnicamente capaces, el acuerdo deja la supervisión y control de las tareas de las Fuerzas Armadas a los órganos internos de control de la dependencia correspondiente”.
A la vista
En el comunicado se resalta el argumento de que “en más de una década las Fuerzas Armadas han protegido al pueblo en todo el territorio nacional, sin contar con un marco jurídico que le dé certidumbre y protección”. Tema que ha representado innumerables discusiones que han derivado en una serie de propuestas que tienen el objetivo de generar “el marco jurídico que merecen y necesitan para alcanzar el fin último de un México con paz y seguridad”.
En el muro de las contradicciones destacan las observaciones relacionadas con las autoridades civiles que dependen del secretario de Seguridad que deben“coordinarse” con los secretarios de la Defensa y de Marina; la controversia no fue elaborada por la dirección Jurídica de la Cámara de Diputados, sino por un despacho externo, la recomendación de que el encargado del órgano de gobierno en San Lázaro tiene obligación de consultar al titular de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) y a los coordinadores de las bancadas la decisión de interponer controversia.
Vivimos un liderazgo presidencial fuerte, en momentos puede interpretarse de aplastante, que hace valer sin concesiones una voluntad política surgida de 30 millones de sufragios, que habla de las alianzas y los votos que permiten construir la mayoría parlamentaria en las dos Cámaras del Congreso, apoyado en las simpatías de las tres recientes designaciones de ministros en la SCJN y de la presidencia del Poder Judicial de la Federación, del control del Presupuesto de Egresos de la Federación, la Fiscalía Nacional, de un poderoso Sistema de Administración Tributaria, Unidad de Inteligencia Financiera, apoyado por un número considerable de congresos y gobernadores.
Y hay otras aristas interesantes para los anales legislativos, como es el caso de que no sea la primera vez que un legislador, en este caso una diputada federal, sea quien presente una controversia constitucional en contra del Acuerdo del presidente López Obrador con relación a la Guardia Nacional en un contexto en que el gobierno de Michoacán promoviera una impugnación contra las Fuerzas Armadas debido a su participación permanente en las tareas de seguridad. Ni habrá que descartar que además de controversias, acciones de inconstitucionalidad, amparos, se presenten con más frecuencia en el lenguaje de poder y fortalezcan la misión del Poder Legislativo como garante de la constitucionalidad y los derechos.
En la mejor tradición legislativa reaparecieron las pancartas solicitando la inmediata destitución de la Dip. Laura Rojas y el retiro de la controversia. Retomando la costumbre y recordando los tiempos como oposición los diputados Gerardo Fernández Noroña (PT) y Dolores Padierna, vicepresidenta de la Mesa Directiva, pidieron a la presidenta de la Cámara de Diputados, retirar la controversia constitucional que presentó contra el Acuerdo del Ejecutivo federal por el que dispone de las Fuerzas Armadas para realizar labores de seguridad pública.
La historia cerraba un círculo donde todo parece igual.