Crédito la palabra de trabajadoras sociales

Autor Congresistas
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Entrevista con la Mtra. Norma Gabriela López Castañeda

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), si bien se planta con sus médicos, medicas, enfermeras, enfermeras, especialistas y camilleros en la primera línea del frente de combate al contagio del COVID-19, también se ubica en el frente de la recuperación económica con la distribución de la oferta de crédito a los trabajadores para enfrentar la situación crítica por una pandemia global.

Son diversos los prestamos y por varios montos, los que está canalizando el IMSS directamente a trabajadoras y trabajadores ante el contagio que ataca en dos frentes, uno, el de la salud y el otro, el de la economía, afectando severamente a la planta laboral formal como la informal.

Hemos elegido para despejar ese abanico de ofertas que representan los prestamos del IMSS, los dirigidos a las trabajadoras sociales, a quienes reconocemos como la parte más débil de nuestra planta laboral en el horizonte de la crisis ocasionada por el COVID, entre los cuales los más afectados están las mujeres y entre las mujeres las empleadas sociales.

¿Seguramente habrá alguien que se pregunte a quienes llamamos trabajadoras sociales? Y de forma de precisar sectores compartimos que son todas aquellas personas que laboran en los hogares, tienen como tareas las labores de limpieza de los hogares, elaborar la comida, cuidar a los niños, atienden a las personas de la tercera edad y realizan todas esas tareas domésticas que van integradas a esa cadena de desempleo global que ha ocasionado el COVID, pues muchas podrán haber sido despedidas por la falta de recursos o por el temor al contagio o porque sus empleadores hayan perdido el empleo o sufrido la reducción de sus ingresos.

Resulta de interés público conocer el que el IMSS, haya instrumentado mecanismos para que las personas trabajadoras del hogar y los trabajadores independientes registrados puedan acceder al Crédito Solidario a la Palabra por 25 mil pesos que otorga el gobierno federal, con la emergencia sanitaria. También adquiere importancia la información sobre el registro de 22 mil 300 personas trabajadoras del hogar y 23 mil 717 trabajadores independientes ante el Instituto por este proceso.

Para conocer con más precisión del tema y gracias a los mecanismos que nos ayudan a solventar la sana distancia y al apoyo de la Coordinación de Comunicación Social del Instituto, pudimos despejar dudas a través de la maestra Norma Gabriela López Castañeda, directora de Incorporación y Recaudación del IMSS, incursionamos por un espacio cuyo objetivo va en el sentido de levantar la economía.

C: ¿Para qué necesitaría una trabajadora del hogar un préstamo hoy día?

N: Derivado de la emergencia sanitaria y la jornada nacional de sana distancia, y previendo que algunos de los patrones pudieran prescindir de los servicios de las personas trabajadoras del hogar, por diversos motivos (porque ellos mismos realizarían las labores del hogar; miedo al contagio o incluso falta de recursos para cubrir sus salarios), el gobierno federal decidió poner a disposición de este segmento de la población este apoyo, que puede ser de gran ayuda no sólo para solventar los gastos básicos de sus familias, sino incluso para enviar recursos a sus familiares en sus lugares de origen.

C: ¿Por qué razón el IMSS se dispone a brindar ese servicio?

N: No se trata de un servicio del IMSS, con base en los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación, el programa “Crédito a la Palabra” es responsabilidad de la Secretaria de Economía. El IMSS sólo coadyuvó en determinar el universo elegible con base en los lineamientos antes señalados.

C: ¿Estamos hablando de trabajadoras que estén inscritas en un padrón y fechas determinados?

N:: El apoyo es para las personas trabajadoras del hogar registradas en el IMSS y vigentes al 30 de abril de 2020.

C: ¿Cuáles son los requisitos y monto para que una trabajadora del hogar solicite el crédito ante el IMSS?

N: No hay ningún requisito adicional, sólo se requiere estar registrada en el IMSS y vigentes al 30 de abril de 2020. El monto del apoyo es por 25 mil pesos.

C:¿Porqué 25 y no más o menos?

N: Es el monto que definió la Secretaria de Economía. Se prevé que este monto de recursos pueda servir de apoyo de manera contingente durante esta etapa de emergencia sanitaria.

C: ¿Cómo se debe garantizar ese crédito y si es que lleva algún interés bancario y un plazo determinado?

N: El crédito es a la palabra, por tanto, no hay garantía. El plazo para pagar el apoyo es de 33 meses, a partir del 4 mes de recibir el crédito. La tasa de recuperación establecida en los lineamientos es de 6% anual.

C: Cuando hablamos de personas trabajadoras del hogar ¿de qué universo estamos hablando, de qué perfil y de qué condiciones de personas?

N: Las personas trabajadoras del hogar, de conformidad con la Ley Federal del Trabajo, son aquellas que se dedican de manera remunerada a realizar actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar. Para efectos de este programa de apoyo, el universo elegible es de 22 mil 333 personas trabajadoras del hogar inscritas en el IMSS, de las cuales 16,032 son mujeres. El mayor número de personas tienen entre 51 y 60 años (7,232 casos). La Ciudad de México y el Estado de México son las entidades con el mayor registro de personas trabajadoras del hogar: 3,258 y 2,320, respectivamente.

C: ¿Se tiene una idea de las necesidades crediticias y las demandas de este sector de la población?

N: Conviene precisar que el IMSS es la institución responsable de, en los términos señalados en la Ley del Seguro Social, proporcionar seguridad social a los trabajadores, entre ellos a los del hogar, no le compete por tanto la atención de necesidades crediticias. Para efectos de este programa, el IMSS sólo participa en la determinación del universo elegible con base en los lineamientos del programa.

No obstante, cabe precisar que una de las demandas históricas de este sector de la población ha sido el reconocimiento de sus derechos laborales y de seguridad social, como cualquier otro trabajador. Esta demanda fue reconocida por la Suprema Corte de Justicia, cuando en diciembre de 2018, reconoció como discriminatorio el que a las personas trabajadoras del hogar no se les otorgarán, en la Ley del Seguro Social, todas las prestaciones contempladas en el régimen obligatorio.

Para atender esta demanda, el Instituto inició a partir de abril de 2019 una prueba piloto para la inscripción de las personas trabajadoras del hogar, en las que se les reconocen todos los derechos en materia de seguridad social.

C: ¿Hay algún aval de por medio para obtener ese crédito?

N: No se requiere ningún aval, es un crédito a la palabra.

C: ¿Tiene que ver con el aval o el pago del crédito el que contrata el patrón?

N: Como se ha reiterado, no hay la necesidad de contar con ningún tipo de aval o garantía, es un crédito a la palabra.

C: Y al respecto de los trabajadores independientes ¿Hay un padrón, se incluyen trabajadores ambulantes, agremiados o independientes?

N: En el Instituto se cuenta con el registro de los trabajadores independientes, es decir, aquellos no sujetos a una relación laboral, que de forma voluntaria se han incorporado al Instituto. Los sujetos del beneficio del crédito a la palabra son estos trabajadores independientes registrados en el IMSS de manera voluntaria y que estaban vigentes al 30 de abril.

Con relación a los trabajadores ambulantes o agremiados, la Ley del Seguro Social es muy precisa en señalar quienes son los sujetos de aseguramiento y sólo en dichos casos se cuenta con registros administrativos. En el caso de trabajadores ambulantes o agremiados, estos sólo estarían registrados en el IMSS en caso de estar afiliados bajo uno de los esquemas previstos en la Ley.

C: ¿Cuál es el proceso? ¿Cuánto deben de pagar y a qué plazo?

N: El proceso para solicitar el apoyo es muy sencillo, basta con ingresar a la liga https://adodigital.imss.gob.mx/apoyotrabajadoras/ y con la CURP se verifica la elegibilidad. En caso de ser elegible se le solicitarán datos personales y la CLABE e Institución Financiera a la cual desea que se le deposite el crédito. El plazo para pagar el apoyo es de 33 meses, a partir del cuarto mes de recibir el crédito. La tasa de recuperación establecida en los lineamientos es de 6% anual.

C: Y si se presentan condiciones adversas que interrumpen el proceso con cualquier pago ¿qué es lo que procede, que se contempla?

N: La Secretaria de Economía normara lo conducente. El Instituto coadyuvó sólo para la selección de los sujetos del apoyo, pero no erogó recursos ni es responsable de la recuperación de los recursos.

C: ¿Cómo el IMSS está financiando esos créditos?

N: Los recursos de los créditos otorgados no los eroga el Instituto, como se ha mencionado el IMSS coadyuvó sólo para la selección de los sujetos del apoyo.

C: ¿Algo más que agregar al tema?

N: A partir de la colaboración del IMSS con la Secretaría de Economía, se ha implementado este programa de apoyos solidarios, que es uno más de los esquemas de apoyos que el gobierno federal ha establecido para apoyar a algunos de los sectores más afectados por la emergencia sanitaria.

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