Consulta Popular

Autor Congresistas
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El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, Enrique Ramírez Aguilar se estrena de lleno con la recepción de cuatro peticiones de consulta popular. Se corre la hoja a la historia formal de las consultas populares que se inaugura de manera constitucional en el país, dejando atrás las de mano alzada que tuvieron lugar con la construcción del Nuevo Aeropuerto de Texcoco, cuyo destino fue la conclusión de obra, no obstante que en letra de ley queden fuera de toda consulta popular obras de infraestructura ya iniciadas.

Hoy en el Senado de la República a las solicitudes se les ha dado el trato formal con el trámite que corresponde a cada una de ellas y en armonía con las disposiciones legales en la materia.

Ramírez Aguilar comentó que, en caso de ser aprobadas, cualquiera de las solicitudes de Consulta, podrían realizarse en el mes de agosto del 2021, esto es en fecha posterior a la que se celebran los comicios federales a diputados y las que tengan lugar a nivel estatal.

A manera de aclarar dudas o confusiones, el senador Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado, explicó sobre el tema en conferencia de prensa, que la solicitud presidencial se presenta antes del 15 de septiembre; seguido la Cámara de origen, en el caso el Senado, turna de inmediato la solicitud de Consulta, pasa sin discusión en la Cámara. Agregó que una vez que se recibe la solicitud del Presidente de la República, se turna y se envía por parte de la Mesa Directiva a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esta la recibe inmediatamente, y cuenta con 20 días naturales para resolver sobre la constitucionalidad de la Consulta y la pregunta.

Y cómo corren los tiempos la polémica modela el nivel del volumen y el tono de la discusión en los medios de comunicación sobre el sentido político electoral que se asocian con las consultas.

En el rigor legal

En la narrativa de la Consulta, todo se inicia con el Consejero Jurídico de la Presidencia de la República, Julio Scherer Ibarra que entregó al Sen. Ricardo Monreal, presidente de la Jucopo y al senador Eduardo Ramírez Aguilar, presidente de la Mesa Directiva del Senado, de parte del presidente Andrés Manuel López Obrador, la petición de consulta popular para enjuiciar a ex presidentes.

Como corresponde, la Cámara de Senadores, procederá ha sustentar la petición para proceder a la brevedad a turnarla a la SCJN. Se puntualizó para evitar confusiones que después de 20 días, la Corte tendrá sólo 24 horas para notificar a la Cámara de origen, que es la de Senadores, y pueda iniciar y continuar el procedimiento establecido en la propia ley de referencia.

En el relato

Es la historia de las cuatro solicitudes de consulta popular, pero la que ha provocado mayor interés y espectacularidad ha sido la presentada por el consejero Scherer Ibarra a nombre del Presidente de la República, girando sobre la siguiente pregunta: ¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los ex presidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante de después de sus respectivas gestiones?

En la formalidad de la solicitud, el rigor que reviste el tema nos invita a retomar la lectura del artículo 35 de la Constitución que establece entre una serie de derechos el que los ciudadanos podrán votar en las consultas populares los temas de trascendencia nacional y regional, mismas que serán convocadas por el Congreso a petición del Presidente de la República o por el 33% de los legisladores de cualquier Cámara del Congreso, o por los ciudadanos en un 2% de los inscritos en la Lista Nominal de Electores.

En conferencia de prensa el presidente de la Jucopo y también doctor en Derecho, el Sen. Ricardo Monreal, precisó que conforme a la Constitución y la ley, son tres sujetos jurídicos los que tienen la posibilidad de solicitar la consulta popular, ciudadanos que representen el 3% de la Lista Nominal de Electores; cualquiera de las dos Cámaras del Congreso de la Unión, con el 33% de sus integrantes cuando menos; y el Presidente de la República, como titular de Ejecutivo federal, quien es persona individualizada, porque recae de manera unipersonal el cargo de Presidente de la República.

En la puntualidad del 35 constitucional se determina que será el Instituto Nacional Electoral (INE) el responsable de organizar la consulta popular conforme los requisitos de ley. También se establece con claridad que no serán tema de consulta popular: los derechos humanos, el sistema financiero, la permanencia en el cargo de servidores públicos de elección popular, la materia electoral, las obras de infraestructura en ejecución, seguridad nacional, organización y disciplina de las Fuerzas Armadas y se reserva para la SCJN previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión resolver sobre la constitucionalidad de la materia en consulta.

En la reflexión legal

Ricardo Monreal en conferencia de prensa declaró que si en el caso de la pregunta presidencial, la Corte decidiera por mayoría que no es constitucionalmente procedente y como corresponde “la declara inconstitucional y envía a las cámaras de Diputados y de Senadores, a la Cámara de origen en este caso, su resolución; para que la Cámara de Senadores la archive como un asunto definitivamente concluido”.

La prensa pregunta al senador sobre lo que procede si se da el caso contrario y la Suprema Corte de Justicia resuelve que sí es constitucional la consulta y la pregunta. Sucede que envía a la Cámara de origen esa resolución y la Cámara de origen tiene la obligación de turnarla a la Cámara de Diputados para que ambas cámaras, ahí sí, debatan y discutan sobre la resolución de la Corte.

En la opinión de Ricardo Monreal “la Cámara de Senadores ya no puede hacer ninguna enmienda, ninguna a la pregunta; simplemente obtienen o no la mayoría. Y, obtenida la mayoría en ambas cámaras, entonces se publica en el Diario Oficial de la Federación, se promulga, se publica y se envía al INE para su organización en la fecha que establece la Constitución”.

El curso

A través de un comunicado la SCJN dio a conocer que recibió de la Cámara de Senadores la solicitud de consulta popular y la pregunta sobre el enjuiciamiento a ex presidentes formulada por el presidente López Obrador. Por su parte la SCJN respondió que dicha petición se turnará al ministro Luis María Aguilar Morales.

Las solicitudes

El presidente de la Mesa Directiva, Eduardo Ramírez Aguilar, recibió como segundo caso la solicitud de la ciudadana Yeidckol Polevnsky Gurwitz, que acudió a presentar firmas de ciudadanos, con el siguiente cuestionamiento: ¿Estás de acuerdo con que las autoridades correspondientes realicen una investigación sobre presuntos actos ilícitos que hayan causado afectaciones o daños graves al país, realizados por los ex presidentes de México y en su caso, se inicie un procedimiento judicial garantizando el debido proceso?

Según documento de la Cámara Alta quedó formalmente registrada la petición de los ciudadanos Manuel Vázquez Arellano y Norma Ariadna Sánchez Bahena con firmas de ciudadanos, con la siguiente pregunta: ¿Estás de acuerdo con que las autoridades correspondientes realicen una investigación sobre presuntos actos ilícitos que hayan causado afectaciones o daños graves al país, realizados por los ex presidentes de México y, en su caso, se inicie un procedimiento judicial garantizando el debido proceso?

El senador chiapaneco Enrique Ramírez explicó que el procedimiento consiste para el caso en turnar el expediente al INE para verificar si dentro de los 30 días siguientes, si se da el cumplimiento del requisito del 2% de firmas y si este es validado, el presidente de la Mesa Directiva del Senado enviará la petición a la SCJN para determinar la constitucionalidad dentro de los 20 días siguientes, si la Corte la declara procedente, por conducto de las mesas directivas el Congreso de la Unión emitirá la convocatoria y ordenará al INE su realización.

La Presidencia de la Mesa Directiva del Senado detalló dando respuesta al interés despertado por la solicitud que en cuanto a la solicitud de consulta popular presentada por la Sen. Xóchitl Gálvez Ruiz en representación de diversas senadoras y senadores de diferentes grupos parlamentarios, con la siguiente pregunta: ¿Está usted de acuerdo en que el gobierno federal otorgue un apoyo económico a las trabajadoras y trabajadores formales e informales que pierdan su trabajo o disminuyan sus ingresos con motivo de crisis económicas por las que atreviese el país, como la originada por la contingencia sanitaria del COVID-19?

Se informó que será la Comisión de Gobernación y en su caso a las comisiones que correspondan por la materia, las encargadas de dictaminar. Si es aprobada por la mayoría de ambas cámaras que la solicitud se envíe a la SCJN para que resuelva sobre la constitucionalidad dentro de los 20 días, si fuese procedente el Congreso emitirá la convocatoria y enviará al INE para su realización.

Las evidencias

Queda la evidencia de las limitaciones que viven los partidos políticos desde que tiene lugar la consulta, sobre todo el que cuenta con la mayoría, la dificultades se presentan de forma renovada el problema que viven los ciudadanos al obtener el 3% de firmas de la Lista Nominal de Electores, lo que se viene mostrando como un obstáculo en el avance de la democracia participativa, sobre todos en relación con las organizaciones civiles tras la experiencia que viven los partidos políticos que además cuentan con la militancia activa.

El rumbo

El interés que muestran los grupos parlamentarios acreditados en las cámaras del Congreso puede obedecer en el futuro como atención a la inquietud expresada por la participación de los distintos grupos sociales en las cuestiones públicas por motivos políticos y sociales. Sobre todo, en el sentido de acreditarse y abanderar causas y problemas que repercuten en grupos y sectores que han sido agravados por el confinamiento contra la pandemia global, como ha sido el caso de la violencia contra las mujeres, la pérdida y precariedad del empleo, la marginación a la participación de los sectores, la ausencia de un acuerdo nacional, como también la efectividad en el combate a la corrupción.

Ya es común reconocer que una serie de preocupaciones sociales inéditas surgen y se recrudecen a partir de la aparición del coronavirus, con graves repercusiones en la economía con un paro voluntario de la misma que ha generado desempleo y otros preocupantes impactos en las políticas de salud, de educación, seguridad, violencia, justicia, derechos humanos y estímulos económicos.

La pandemia global ha puesto bajo tela de juicio a los gobiernos y a las políticas públicas, imponiendo una exigencia de sectores de la población orientada a una mayor participación en las decisiones de las políticas públicas y los asuntos que gravitan en torno a los derechos humanos.

La movilización y toma de calles por distintos grupos sociales como expresión del sentir de mujeres, hombres y jóvenes desbordan los cauces tradicionales. Los motivos de estás protestas y demandas tienen diversos motivos de un sentir social que busca hacerse oír, se escuche y se resuelva.

La consulta popular es una herramienta de la democracia participativa, un instrumento para la participación de las personas consagrado en la Constitución como un derecho político, social y humano. Y en este sentido estamos caminando más allá de la representación y la cesión de nuestra voluntad política en las decisiones en las que queremos y debemos participar.

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