Periodo de sesiones agenda legislativa

Autor Congresistas
3.1K views
Cannabis

El periodo ordinario se sesiones que inicia en febrero, anuncia una intensa agenda legislativa. Los senadores definen los siguientes temas prioritarios: Amnistía, Fuero, elevar a rango constitucional el sistema de Bienestar Social, Cannabis, Outsourcing (Subcontratación), Reforma Judicial, Reforma Electoral, Reforma Financiera, Economía Circular, Bienestar Animal, Cuidado del Medio Ambiente y Combate al Cambio Climático, Derecho al Olvido en Plataformas Digitales, Derecho a la verdad, Libre Desarrollo a la Personalidad, Leyes secundarias al artículo 19 de la Constitución, Reducción al Financiamientos a los partidos políticos; Contenido al Servicio OTT (Over The Top).

Son temas importantes en donde observamos que en uno, los legisladores llevan más prisa como son los temas electorales, la cannabis y la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF), la de materia de bienestar. Que consiste en elevar a rango constitucional la pensión para adultos mayores y personas que sufren alguna discapacidad, además de becas para jóvenes.

La reforma encaminada a modificar los artículo 108 y 111 de la Constitución en materia de fuero tiene el objetivo de modificar el art. 108 constitucional a fin de que el Presidente de la República durante el tiempo de su encargo, sólo pueda ser acusado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y delitos graves, en términos del segundo párrafo del art. 19 y el art. 111 constitucionales para proceder penalmente contra el Ejecutivo federal y sólo habiendo lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores, en los términos del art. 110 constitucional.

Al respecto de la Amnistía, se puede decretar en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado o pudiere ejercitarse acción penal ante los tribunales del orden federal, y bajo la condición de que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indicadas, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley. Y seguimos por la ruta de las propuestas de reformas constitucionales con la iniciativa que propone que el Estado garantice el goce de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad permanente.

Para el goce de la prestación tendrán prioridad los mexicanos menores de 18 años, los indígenas de hasta 64 años y la población mexicana que se encuentren en condición de pobreza. Las personas mayores de 78 años tendrán derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva. En el caso de los indígenas esta prestación se otorgará a partir de los 65 años de edad. El Estado, conforme a la disponibilidad de recursos, deberá establecer un sistema de becas para los estudiantes de todos los niveles escolares pertenecientes a las familias que se encuentren en condición de pobreza para garantizar con equidad, el derecho a la educación.

En la antesala la discusión de Cannabis

Luce en la agenda de los trabajos legislativos las propuestas en torno a la Cannabis. Se perfila la intensión de despenalizar el uso lúdico y médico de la marihuana con la propuesta de Olga Sánchez Cordero como senadora plurinominal. Toma la pista de la deliberación legislativa el proyecto de decreto por el que se expide la Ley General del Uso del Cannabis para Fines Médicos, Farmacéuticos y Científicos.

A la marcha de la discusión se incorpora el proyecto de decreto que adiciona el inciso h) al numeral 5 de la fracción XXIX del art. 73 de la Constitución y el proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del art. 235 y el párrafo primero del art. 237 de la Ley General de Salud. También se incorpora el proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Control y Comercialización del Cannabis; se modifican y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Penal Federal.

Además, el proyecto de decreto por el que se expide la Ley para la Regulación y Control del Cannabis y se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Se va integrando un paquete de medidas en las que observamos el proyecto de decreto por el que se crea la Ley General para la Regulación, Control y Aprovechamiento del Cannabis y sus derivados; y se reforman diversos artículos de la Ley General de Salud, así como del Código Penal Federal; y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Y el proyecto de decreto que reforma los arts. 235 y 247 de la Ley General de Salud.

Crece el listado con el proyecto de decreto por el que se agrega una fracción XXIX Bis al art. 73 de la Constitución. Se integra el proyecto de decreto que reforma los arts. 235 y 247 de la Ley General de Salud. El proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Regulación y Control del Cannabis. El proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Regulación del Cannabis con fines de Autoconsumo y para Uso Médico, Científico, Terapéutico y Cosmético; se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud; y del Código Penal Federal.

Sube el número de las partes con el proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Regulación y Control del Cannabis; el proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversos artículos y se adiciona un art. 247 Bis a la Ley General de Salud y se modifican diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el proyecto de decreto que reforma y adiciona distintas disposiciones de la Ley General de Salud, el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, en materia de los diferentes usos del Cannabis.

Proyecto de decreto por el que se expide la Ley sobre la Cannabis y la Erradicación de la Violencia Provocada por su Prohibición en los Estados Unidos Mexicanos. Proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para el Control del Cannabis y sus derivados; y reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud; del Código Penal Federal; y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para reconocer las cualidades terapéuticas del Cannabis y establecer incentivos para fomentar la investigación y la producción de suplementos alimenticios hechos a base de Cannabis no psicoactivo y no obstante del interés que se manifiestan entre distintos lectores al respecto de la legislación de la Cannabis esta permanece en la lista de espera.

En síntesis, se propone expedir una ley general del uso del cannabis para fines médicos, farmacéuticos y científicos, que tendrá como objetivos el establecer el acceso gratuito al cannabis y sus derivados, siempre y cuando estos se utilicen para fines médicos. La idea es que el Congreso de la Unión tenga la facultad de establecer contribuciones especiales respecto a la producción y consumo de productos derivados del cannabis, excepto los destinados al uso medicinal o terapéutico.

Otra finalidad tiene que ver con que el cannabis se excluya de las sustancias prohibidas por la Ley General de Salud, con objeto de fomentar la investigación de esta sustancia con fines médicos y comerciales. Otro enfoque propone expedir la Ley General de Control y Comercialización del Cannabis para regular su comercialización, con la finalidad de legalizarla para atender problemas públicos como el trasiego de narcóticos, la compraventa ilegal, el consumo descontrolado por parte de jóvenes y la violencia desmedida, entre otros.

El objeto de esta ley, por cuanto hace al cannabis es promover y proponer acciones tendientes a reducir los riesgos y daños asociados a su uso, de acuerdo con las políticas públicas definidas por la Secretaría de Salud, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, tomando en cuenta los principios de esta Ley. Respecto al cáñamo, el objetivo es promover y proponer acciones destinadas a promover la salud y los beneficios comerciales del cáñamo, teniendo en cuenta los principios de esta Ley.

Reforma Judicial

La reforma Judicial se perfila en un contexto en el que se considera que desde 95, año en el que el PJF experimentó una profunda reforma, es el único Poder que hoy día no ha experimentado modificación alguna. Y es que la justicia se mira lejos por el ciudadano de a pie, se mira indiferente y sometida a los intereses del mejor postor. La descomposición que representa el nepotismo al interior, la designación de los jueces, la acumulación de privilegios no puede resistir los oleajes que abaten los muros, demoler el discurso y poner en contradicción las resoluciones de la Corte y la actuación de los jueces.

Surgen a la deliberación legislativa, pronta a iniciarse el proyecto de decreto que reforma el art. 4 de las disposiciones transitorias del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2008, en materia de restablecimiento de la convocatoria de designación de los magistrados electorales.

Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución, en materia de creación de una tercera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, especializada en materia de anticorrupción. El proyecto de decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al art. 112, recorriéndose los subsecuentes, y se adiciona una fracción XV, recorriéndose la actual al art. 131, ambos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en materia de medidas contra el nepotismo.

Reforma Electoral

Otra figura estelar en el panorama de las reformas es la electoral que tiene como objetivo el contenido del proyecto de decreto que reforma los arts. 41 y 116 de la Constitución Política, en materia de Fortalecimiento del Instituto Nacional Electoral, que busca suprimir a los organismos públicos locales electorales (OPLEs). Esta reforma se adereza con el objetivo frontal de reducir el financiamiento de los partidos políticos y reconfigurar el Consejo General del INE introduciendo la rotación de consejeros en la presidencia, reducir su percepción salarial homologada con el ingreso que recibe el Ejecutivo federal.

Se enlistan los siguientes proyectos de decreto que reforman el inciso D) del numeral 1 del art. 23; y reforma y adiciona un segundo párrafo a la fracción I, del inciso A) del numeral 1 del art. 51 de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de reducción del 50% del financiamiento público de las prerrogativas de los partidos políticos. Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Partidos Políticos, en materia electoral. Proyecto de decreto que adiciona el inciso f) al numeral 1 del art. 250 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de propaganda electoral en transporte público.

Y es que es evidente en el terreno de lo electoral, en el juego del poder quedan truncos una serie de eslabones sobre la calidad de nuestra democracia, la visión sobre nuestra calidad política, nuestros derechos políticos, la movilidad al interior de los partidos, la democratización de la vida interior de los partidos políticos y sobre todo la crisis que sigue manifestándose en torno a la representación de los partidos. Sin duda se ha conquistado la democratización de los procesamientos electorales, la alternancia en el poder, pero esto no se traduce en que se ha democratizado el ejercicio del poder.

Artículos Relacionados